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C3 — 01

ETIQUETADOS AMBIENTALES DE PRODUCTOS


Tipo de contrato*

Servicios

Obras

Concesión de obras

Suministros


Fase del procedimiento**

Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares

Criterios de adjudicación

Condición especial de ejecución


* La presente medida puede ser incorporada en los tipos de contrato especificados.

** En función de las particularidades y del alcance del objeto del contrato, será necesario valorar en qué fase del procedimiento de las expuestas es más adecuada aplicar la presente medida medioambiental.


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Objetivo

Asegurar que los edificios de nueva construcción y los edificios existentes incorporan productos con distintivos voluntarios otorgados por certificadores independientes que, o bien garantizan el cumplimiento de criterios para reducir los impactos ambientales, o bien informan sobre los impactos ambientales del producto, fomentando la transparencia en el mercado de productos de la construcción.

El etiquetado energético de productos relacionados con la energía se regula en el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de julio de 2017 por el que se establece un marco para el etiquetado energético y se deroga la Directiva 2010/30/UE. Los etiquetados ambientales voluntarios de productos (Tipo I y Tipo III o Declaraciones Ambientales de Productos - DAP) que son otorgados por certificadores independientes se regulan en las normas UNE-EN ISO 14024, UNE-EN ISO 14025 y UNE-EN 15804. Para el certificado de contenido de reciclado los organismos de certificación deberán estar acreditados conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17065:2012 Evaluación de la conformidad. Requisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios.

Asimismo, la posesión de etiquetados de productos se contempla en el criterio de durabilidad recogido en la norma ISO 20887 y en la herramienta RE10 "Herramienta de análisis del desmontaje y adaptabilidad en rehabilitación de edificios residenciales existentes."

En el contrato se podrá requerir lo desarrollado en la descripción de la presente medida, siempre que la medida esté vinculada al objeto del contrato y guarde proporción con el alcance y los objetivos de éste.


Descripción

Los productos empleados en la construcción del edificio que representen al menos el 10 %1, del PEM2 deberán disponer de etiqueta ambiental ISO Tipo I, según la norma UNE-EN ISO 14024, o etiqueta ambiental ISO Tipo III / Declaración Ambiental de Producto (DAP), según las normas UNE-EN ISO 14025 y UNEEN 15804 o DAP sectorial verificada por tercera parte independiente, o certificado de contenido de reciclado (CR-Recycle Content) por organismo acreditado según la norma UNE-EN ISO/IEC 17065:2012, sin perjuicio de otras formas de acreditación sobre los impactos ambientales que se definen en estas etiquetas. En el caso de las Declaraciones Ambientales de Producto, se aceptarán las DAP emitidas conforme a las versiones UNE-EN 15804:2012+A1:2014 y UNE-EN 15804:2012+A2:2020, ya que ambas versiones conviven y son aplicables.

Además, los productos relacionados con la energía dispondrán de etiquetado energético, según el Reglamento UE/2017/1369. Dichos productos no serán de clase de eficiencia energética E, F o G3.

 

Justificación de la medida

En la documentación a entregar se aportará una relación de productos empleados en la construcción del edificio que se proponen incluir con etiquetado ambiental, cuantificando la contribución proporcional de estos productos respecto al valor total del PEM. Asimismo, se especificará el tipo de etiquetado ambiental de los productos.


1. Porcentaje orientativo, pudiendo ser modificado por el órgano proponente del contrato. Podría considerarse la exigencia por elementos constructivos, tales como revestimientos de suelos, de paramentos, carpinterías, tuberías de saneamiento, etc., de forma que al menos el 90 % de los productos del elemento cumplieran la medida.

2. Los productos con etiquetados ambientales deben suponer una cantidad suficiente en los elementos del edificio.

3. Salvo que no exista en el mercado ningún producto de clase superior.


Verificación

En fase de adjudicación

El órgano al que corresponda realizar la evaluación de las ofertas, comprobará la justificación de la medida en la documentación aportada en la fase de adjudicación.

En particular, se revisará la relación de productos del edificio que se proponen incluir con etiquetado ambiental, así como la cuantificación de la contribución proporcional de estos productos respecto al valor total del PEM. Además, se revisará la especificación relativa al tipo de etiquetado ambiental de los productos que se propone incorporar.


En fase de proyecto

En el momento de revisión del proyecto previamente a su aprobación, la unidad encargada del seguimiento de la ejecución del contrato y la oficina de supervisión de proyectos comprobarán que en el proyecto se prevé la incorporación de productos con etiquetado ambiental según lo establecido en la descripción de la medida y verificado en la fase de adjudicación. En concreto se verificará que el licitador incluye una relación de productos del edificio que se incluirán con etiquetado ambiental, así como la cuantificación de la contribución proporcional de estos productos respecto al valor total del PEM.

Se comprobará la justificación sobre productos con etiquetado ambiental en los diferentes documentos del proyecto (memoria, pliego de condiciones, mediciones y presupuesto) en los que consten las partidas correspondientes. 

Además, la oficina de supervisión de proyectos, según sus funciones, verificará que se han tenido en cuenta las disposiciones generales de carácter legal o reglamentario, así como la normativa técnica que resulten de aplicación en la parte del proyecto afectada por la medida medioambiental.

En el caso de que se produzcan modificaciones durante la ejecución de las obras, se comprobará que en el proyecto modificado se incluye la justificación del cumplimiento de la medida.


En fase de ejecución de la obra

El responsable del contrato u organismo técnico de la administración en quien delegue y la dirección facultativa de las obras comprobarán que se han incorporado productos con etiquetado ambiental según las especificaciones establecidas en proyecto.

Asimismo, se comprobará los productos con etiquetado ambiental se recogen en los diferentes documentos del seguimiento, control y final de las obras. En particular, se comprobará en los apartados correspondientes a las familias de productos, unidades de obra e instalaciones que consten en el Libro de Gestión de Calidad de Obra.

También se comprobará que se aportan albaranes de los proveedores de productos con etiquetado ambiental según lo establecido en las normas UNE-EN ISO 14024 o UNE-EN 15804 que garantice el cumplimiento de las condiciones exigidas en la descripción de la medida.

Debido a las posibles interacciones con otras medidas se recomienda revisar lo expuesto en las fichas correspondientes a las medidas relacionadas con la temática (ver apartado «Medidas relacionadas»).


Información complementaria

Normas de referencia
  • Orden PCI/86/2019, de 31 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2018, por el que se aprueba el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025). Consultar
  • Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de julio de 2017 por el que se establece un marco para el etiquetado energético y se deroga la Directiva 2010/30/UE, y sus modificaciones y correcciones. Texto consolidado Consultar
  • Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité económico y social europeo y al Comité de las regiones. Una estrategia europea para el plástico en una economía circular. COM/2018/028 final. Consultar
  • UNE-EN ISO 14025:2010 Etiquetas y declaraciones ambientales. Declaraciones ambientales tipo III. Principios y procedimientos.
  • UNE-EN ISO 14024:2018 Etiquetas y declaraciones ambientales. Etiquetado ambiental Tipo I. Principios y procedimientos. (ISO 14024:2018).
  • UNE-EN 15804:2012+A1:2014 Sostenibilidad en la construcción. Declaraciones ambientales de producto. Reglas de categoría de producto básicas para productos de construcción.
  • UNE-EN 15804:2012+A2:2020 Sostenibilidad en la construcción. Declaraciones ambientales de producto. Reglas de categoría de producto básicas para productos de construcción.
  • UNE-EN ISO/IEC 17065:2012 Evaluación de la conformidad. Requisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios. (ISO/IEC 17065:2012).

Información de interés
  • Etiquetados ambientales tipo I (conforme a norma UNE-EN ISO 14024):
  • Marca AENOR N. Consultar
  • Marca AENOR N Sostenible. Consultar
  • Distintivo de garantía de calidad ambiental. Consultar
  • Ecolabel. Consultar
  • Blue Angel. Consultar
  • Nordic Swan. Consultar
  • NF Certification. Consultar
  • Milieukeur. Consultar
  • GlobalEPD. Consultar
  • Etiquetados ambientales tipo III (Declaraciones Ambientales de Producto – DAP), conforme a normas UNE-EN ISO y 14025 UNE-EN 15804
  • DAPcons Consultar
  • Etiquetados de productos con material reciclado:
  • Certificación AENOR de la trazabilidad del plástico reciclado y del contenido en plástico reciclado, conforme a la norma UNE-EN 15343:2008 "Plásticos. Plásticos reciclados. Trazabilidad y evaluación de conformidad del reciclado de plásticos y contenido en reciclado". Consultar
  • Greencircle. Consultar
  • EPD SYSTEM Consultar
  • Tipo I: conforme a norma UNE-EN ISO 14024: pinturas y barnices, revestimientos, mobiliario, productos de árido/caucho/plástico/vidrio reciclado, productos aislantes acústicos y térmicos con material reciclado, productos y sistemas que favorecen el ahorro de agua, bombas de calor, etc.
  • Tipo III / Declaraciones ambientales de producto, conforme a norma UNE-EN 15804: cementos, morteros, hormigón, acero estructural, SATE, productos de arcilla cocida, ventanas, revestimientos, aislantes térmicos y acústicos, impermeabilizantes, paneles solares térmicos, etc.
  • Contenido de plástico reciclado conforme a norma UNE-EN 15343:2008: tuberías de saneamiento PVC. Consultar
  • Productos con material reciclado con certificación Greencircle Consultar
  • Posibles productos certificados con etiquetados ambientales: Consultar
  • ECO Platform (Asociación internacional para el desarrollo de información ambiental verificada de productos de construcción, en particular Declaraciones Ambientales de Productos). Consultar
  • Tipos de etiquetados ambientales. Consultar
  • UNE-ENAC. Guía para el uso de las normas técnicas y la acreditación en la contratación pública Consultar