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C1—13
Construcción modular
Tipo de contrato*
Servicios
Obras
Concesión de obras
Suministros
Fase del procedimiento**
Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares
Criterios de adjudicación
* La presente medida puede ser incorporada en los tipos de contrato especificados.
** En función de las particularidades y del alcance del objeto del contrato, será necesario valorar en qué fase del procedimiento de las expuestas es más adecuada aplicar la presente medida medioambiental.
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Objetivo
Facilitar la flexibilidad y adaptabilidad de los espacios a futuras necesidades, reducir el tiempo de ejecución y el coste, aumentar la durabilidad, reducir residuos y consumo de material (en la fabricación y puesta en obra), así como posibilitar el desmantelamiento de productos y sistemas, y con ello su reutilización.
En la construcción modular los espacios se consiguen mediante la adición de pequeños módulos prefabricados, pudiendo llegar a constituir grandes edificios. Las construcciones modulares se conciben desde el proyecto atendiendo a una serie de características: fabricación de módulos en ambientes controlados diferentes a la localización final de la obra, construcción en seco, flexibilidad y facilidad de montaje, economía del tiempo de ejecución, fácil reemplazo de las partes, posibilidad de crecimiento según las necesidades funcionales sin afectar al sistema estructural, transporte a obra acorde a un plan de logística y montaje, etc.
Los espacios se pueden crear mediante el ensamblaje in situ de módulos prefabricados bidimensionales (cerramientos verticales, horizontales, etc.) o tridimensionales.
La introducción en el mercado de los productos de construcción se regula en el Reglamento (UE) nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo (en adelante, RPC). Además, en el contrato se podrá requerir lo desarrollado en la descripción de la presente medida, siempre que la medida esté vinculada al objeto del contrato y guarde proporción con el alcance y los objetivos de éste.
Descripción
Se emplearán módulos prefabricados bidimensionales o tridimensionales para que, mediante su transporte a obra y montaje in situ, conformen uno o varios espacios del edificio1.
En el Anexo V "Productos y sistemas prefabricados y modulares" de la presente guía se pueden consultar los módulos bidimensionales o tridimensionales clasificados por materiales.
Justificación de la medida
En la documentación a entregar en la fase de adjudicación se aportará una relación de espacios del edificio que se propone ejecutar con módulos prefabricados. Asimismo, se especificará la forma de acreditar que los módulos prefabricados reúnen las características y prestaciones adecuadas para el uso o usos previstos, que será mediante la declaración de prestaciones (DdP) del marcado CE, y/o, en su caso, documentación de los suministros, distintivo de calidad, etiquetado ambiental, o informe de ensayos realizados por un laboratorio o una entidad de control2.
1. La cantidad de espacios del edificio se podrá determinar según las particularidades de éste.
2. En el Anexo I se detalla el procedimiento a seguir para la recepción de productos.
Verificación
En fase de adjudicación
El órgano al que corresponda realizar la evaluación de las ofertas, comprobará la justificación de la medida en la documentación aportada en la fase de adjudicación. En particular, se revisará la relación de espacios del edificio que se propone ejecutar con módulos prefabricados bidimensionales o tridimensionales, y la forma de acreditar sus prestaciones y características para el uso o usos previstos.
En fase de proyecto
En el momento de revisión del proyecto previamente a su aprobación, la unidad encargada del seguimiento de la ejecución del contrato comprobará que en el proyecto se incluye una relación de espacios del edificio que se prescribe ejecutar con módulos prefabricados bidimensionales o tridimensionales.
Asimismo, se comprobará que en el proyecto se especifican las prestaciones del producto y, en su caso, los distintivos de calidad, etiquetados ambientales que se consideren y/o ensayos a realizar.
Se comprobará que los módulos prefabricados bidimensionales o tridimensionales y sus características han sido recogidos en todos los documentos del proyecto que corresponda (memoria, pliego de condiciones, mediciones y presupuesto) y de forma coherente y coordinada entre ellos.
Además, la oficina de supervisión de proyectos, según sus funciones, verificará que se han tenido en cuenta las disposiciones generales de carácter legal o reglamentario, así como la normativa técnica que resulten de aplicación en la parte del proyecto afectada por la medida medioambiental.
En el caso de que se produzcan modificaciones durante la ejecución de las obras, se comprobará que en el proyecto modificado se incluye la justificación del cumplimiento de la medida.
En fase de ejecución de la obra
El responsable del contrato u organismo técnico de la administración en quien delegue y la dirección facultativa de las obras controlarán que los espacios del edificio especificados en proyecto se han ejecutado con módulos prefabricados bidimensionales o tridimensionales.
Se verificará que el uso de módulos prefabricados, está recogido en los diferentes documentos del seguimiento, control y final de las obras. En particular, en aquellos casos en que estén disponibles, se comprobará en los impresos del Libro de Gestión de Calidad de Obra pertinentes relativos a:
- Control de recepción de productos (aislantes térmicos y acústicos, impermeabilizantes en la envolvente del edificio, productos para revestimientos para fachadas, productos para pavimentos interiores y exteriores, carpinterías exteriores, productos para la ejecución de la estructura de hormigón);
- Control de ejecución (cimentación superficial, muros de sótano, vigas y forjados, fachadas, carpintería exterior, cubiertas inclinadas, cubiertas planas, tabiquería, revestimientos de paramentos y techos, revestimientos de suelos).
También se comprobará en el Libro de gestión de calidad de obra que los módulos prefabricados bidimensionales o tridimensionales se han recepcionado según el siguiente procedimiento (desarrollado en el Anexo I):
-
Si el producto está afectado por el RPC deberá llevar el marcado CE y la documentación con la DdP donde se pueda verificar el cumplimiento de las características técnicas mínimas exigidas por la reglamentación y el proyecto, y en su caso por la dirección facultativa.
-
Si no está afectado por el RPC o en la DdP del marcado CE no consta la característica requerida, se dispondrá de documentación de los suministros, distintivos de calidad, etiquetado ambiental, o certificados de ensayos donde se pueda verificar el cumplimiento de las características técnicas mínimas exigidas.
Debido a las posibles interacciones con otras medidas se recomienda revisar lo expuesto en las fichas correspondientes a las medidas relacionadas con la temática (ver apartado "Medidas relacionadas").
Información complementaria
Normas de referencia
- Reglamento (UE) nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo, y sus modificaciones y correcciones. Texto consolidado. Consultar
- Real Decreto 314/2006 de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, y sus modificaciones y correcciones. Texto consolidado Consultar
- UNE-EN 13978-1:2006. Productos prefabricados de hormigón. Garajes prefabricados de hormigón. Parte 1: Requisitos para garajes reforzados de una pieza o formados por elementos individuales con dimensiones de una habitación.
Información de interés
- Instituto de Edificación Modular (MBI). Consultar
- arquitecturayempresa. Villares, J.A. "Construcción modular: qué es y cuáles son sus principales beneficios". (2020). Consultar
Medidas relacionadas
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