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C1 — 01
HORMIGÓN RECICLADO
Tipo de contrato*
Servicios
Obras
Concesión de obras
Suministros
Fase del procedimiento**
Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares
Criterios de adjudicación
Condición especial de ejecución
* La presente medida puede ser incorporada en los tipos de contrato especificados.
** En función de las particularidades y del alcance del objeto del contrato, será necesario valorar en qué fase del procedimiento de las expuestas es más adecuada aplicar la presente medida medioambiental.
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Objetivo
Ahorro de recursos naturales y reducción de la cantidad de residuos en los edificios de nueva construcción y los edificios existentes.
Se entiende como hormigón reciclado, el hormigón fabricado con árido grueso reciclado obtenido como producto de una operación de reciclado de residuos de hormigón,que cumpla las especificaciones exigidas en el Real Decreto 470/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba el Código Estructural.
La introducción en el mercado de los productos de construcción se regula en el Reglamento (UE) nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción. El hormigón reciclado se regula en el Código Estructural.
En el contrato se podrá requerir lo desarrollado en la descripción de la presente medida, siempre que la medida esté vinculada al objeto del contrato y guarde proporción con el alcance y los objetivos de éste.
Descripción
En los elementos de hormigón del edificio se distinguirá entre los hormigones estructurales dentro del alcance del Código Estructural y los hormigones no estructurales:
-
Hormigones estructurales dentro del alcance del Código Estructural: se limita el contenido de árido grueso reciclado al 20 % en peso sobre el contenido total de árido grueso1 y si se trata de un elemento de hormigón en masa o de hormigón armado de resistencia característica no superior a 40 N/mm2, quedando excluido su empleo en hormigón pretensado, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 30.8.1 del Código Estructural.
- Hormigones no estructurales (hormigón de limpieza, soleras no estructurales): se podrá alcanzar un contenido de árido grueso reciclado de hasta el 100 %.
En todos los casos, el árido grueso reciclado utilizado sólo podrá proceder de hormigones estructurales sanos o bien de hormigones de resistencia elevada, deberá contar con su correspondiente marcado CE y, deberá satisfacer los requisitos complementarios a los establecidos para los áridos convencionales (específicamente lo referido en el artículo 30.8 del Código Estructural). El contenido de árido grueso reciclado se calculará con base en un balance medio de masa de materiales reciclados o productos derivados de acuerdo con la forma en que se fabriquen y entreguen dichos materiales en la obra (según proceda):
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Para cada lote preparado del que se despachen entregas con destino a la obra, de conformidad con la norma UNE 12620 (áridos para hormigón) y el Código Estructural o reglamentación equivalente que la sustituya.
-
Con frecuencia anual para los paneles, columnas, bloques y elementos elaborados en fábrica con niveles de contenido declarados, de conformidad con la norma UNE-EN 12620 (áridos para hormigón) y el Código Estructural o reglamentación equivalente que la sustituya.
La viabilidad de la aplicación de esta medida quedará supeditada a la disponibilidad de hormigón fabricado con árido reciclado. Además, en el caso de hormigones no estructurales, se indicará la distancia de transporte para el árido reciclado (que será como máximo de 150 km)2, en carretera entre el lugar de producción del árido y el emplazamiento de la planta de hormigón preparado), con el fin de evitar que los impactos derivados de dicho transporte sean superiores a los impactos evitados por la utilización de áridos naturales.
Justificación de la medida
En la documentación a entregar en la fase de adjudicación se especificará el contenido reciclado total que se propone incorporar, cuantificando el porcentaje medio en peso de árido grueso reciclado sobre el contenido total de árido grueso de todo el hormigón que se suministre a la obra.
Asimismo se especificará la forma de acreditar que el hormigón reciclado reúne las características y prestaciones adecuadas para el uso o usos previstos, que será mediante la declaración de prestaciones (DdP) del marcado CE, y/o, en su caso, documentación de los suministros, distintivo de calidad, etiquetado ambiental, o informe de ensayos realizados por un laboratorio o una entidad de control3.
El órgano proponente del contrato podrá determinar un mayor nivel de exigencia requiriendo además lo descrito a continuación
Se incluirá el contenido reutilizado de acuerdo con las condiciones locales. Por ejemplo, se favorecerán diseños que reutilicen la estructura portante primaria de un edificio existente.
Verificación
En fase de adjudicación
El órgano al que corresponda realizar la evaluación de las ofertas, comprobará la justificación de la medida en la documentación aportada en la fase de adjudicación. En particular, se revisará el contenido reciclado total que se propone incorporar cuantificando la contribución proporcional del contenido reciclado total a los elementos del edificio que se especifiquen. En el caso de hormigones no estructurales, se verificará la distancia de transporte (km) para el árido reciclado en carretera entre el lugar de producción/suministro y el emplazamiento de la obra. Además, se revisará la forma de acreditar las prestaciones y características del hormigón reciclado para el uso o usos previstos.
En fase de proyecto
En el momento de revisión del proyecto previamente a su aprobación, la unidad encargada del seguimiento de la ejecución del contrato comprobará que en el edificio se incorpora hormigón reciclado según lo establecido en la descripción de la medida. En concreto se verificará que el licitador incluye:
- Propuestas relativas al contenido reciclado total cuantificando la contribución proporcional del contenido reciclado total a los elementos del edificio que especifique.
- Descripción sobre la forma de calcular y verificar el contenido de reciclado, valor por elemento y total de la obra, incluida, como mínimo, la documentación de los lotes, la documentación relativa al control de producción en la fábrica y la documentación de entrega; asimismo, existirán indicaciones sobre la organización de verificación de terceros durante la fase de construcción.
Se comprobará la justificación sobre el hormigón reciclado en los diferentes documentos del proyecto (memoria, pliego de condiciones, mediciones y presupuesto) en los elementos del edificio que se especifiquen.
Además la oficina de supervisión de proyectos, según sus funciones, verificará que se han tenido en cuenta las disposiciones generales de carácter legal o reglamentario así como la normativa técnica que resulten de aplicación en la parte del proyecto afectada por la medida medioambiental.
En el caso de que se produzcan modificaciones durante la ejecución de las obras, se comprobará que en el proyecto modificado se incluye la justificación del cumplimiento de la medida.
En fase de ejecución de la obra
El responsable del contrato u organismo técnico de la administración en quien delegue y la dirección facultativa de las obras comprobarán que los elementos del edificio que se especifiquen se han ejecutado con hormigón reciclado según las especificaciones establecidas en proyecto.
Se verificará que el uso del hormigón reciclado está recogido en los diferentes documentos del seguimiento, control y final de las obras. En particular, en aquellos casos en que estén disponibles, se comprobará en los impresos del Libro de Gestión de Calidad de Obra pertinentes relativos a:
- Control de recepción de productos (productos para la ejecución de la estructura de hormigón);
- Control de ejecución (cimentación superficial, muros de sótano, muros y pilares in situ, vigas y forjados);
- Control de ejecución de elementos no estructurales.
También se comprobará en la documentación final de obra que el hormigón reciclado dispone de marcado CE y declaración de prestaciones pertinentes para el uso o usos declarados y, en su caso, documentación de los suministros, distintivo de calidad, etiquetado ambiental, o informe de ensayos realizados por un laboratorio o una entidad de control (en el Anexo I de la presente guía se desarrolla el procedimiento de recepción de productos).
Debido a las posibles interacciones con otras medidas se recomienda revisar lo expuesto en las fichas correspondientes a las medidas relacionadas con la temática (ver apartado "Medidas relacionadas").
Información complementaria
Normas de referencia
- Reglamento (UE) nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo, y sus modificaciones y correcciones. Texto consolidado Consultar
- Real Decreto 470/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba el Código Estructural. Consultar
- UNE-EN 12620:2003+A1:2009 Áridos para hormigón.
- UNE-EN 206:2013+A1:2018 Hormigón. Especificaciones, prestaciones, producción y conformidad
Información de interés
- Asociación Nacional Española de Fabricantes de Hormigón Preparado. (ANEFHOP). Consultar
- Asociación nacional de la industria del prefabricado de hormigón. (ANDECE). Consultar
- Instituto Español del Cemento y sus Aplicaciones (IECA). Consultar
Medidas relacionadas
- C1-04 Productos con materiales reciclados
- C1-06 Envases reutilizables, reciclados y productos a granel
- C1-12 Productos prefabricados
- C1-13 Construcción modular
- C1-16 Sostenibilidad de la estructura
- C1-17 Huella de carbono de productos
- C1-18 Energía embebida de los productos
- C1-19 Pasaporte de materiales del edificio
- C2-01 Gestión, recogida selectiva y valorización de RCD
- C3-01 Etiquetados ambientales de productos
- C3-02 Certificaciones de sostenibilidad de los edificios
- C4-01 Acreditación de experiencia y/o formación