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C1 — 03
MADERA DE GESTIÓN SOSTENIBLE
Tipo de contrato*
Servicios
Obras
Concesión de obras
Suministros
Fase del procedimiento**
Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares
Criterios de adjudicación
Condición especial de ejecución
* La presente medida puede ser incorporada en los tipos de contrato especificados.
** En función de las particularidades y del alcance del objeto del contrato, será necesario valorar en qué fase del procedimiento de las expuestas es más adecuada aplicar la presente medida medioambiental.
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Objetivo
Promover el uso de especies de madera procedentes de la gestión forestal sostenible en los edificios de nueva construcción y los edificios existentes.
La introducción en el mercado de los productos de construcción se regula en el Reglamento (UE) nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción.
La gestión forestal sostenible se regula de forma general en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes modificada por Ley 21/2015, de 20 de julio.
En el contrato se podrá requerir lo desarrollado en la descripción de la presente medida, siempre que la medida esté vinculada al objeto del contrato y guarde proporción con el alcance y los objetivos de éste.
Descripción
Las maderas y productos de madera utilizados (fibra de madera, contrachapados, DM y otros productos similares) en, al menos, los revestimientos o la carpintería interior, deberán disponer de garantías de procedencia de explotaciones forestales sostenibles, acreditables mediante la certificación de gestión forestal sostenible, de acuerdo con los sistemas de certificación FSC o PEFC u otro sistema de certificación equivalente. El porcentaje mínimo de madera procedente de la gestión forestal en las maderas y productos de madera de los elementos mencionados será del 70% ("FSC Mixto 70%" o "70% PEFC certificado" u otro sistema de certificación equivalente).
Justificación de la medida
En la documentación a entregar en la fase de adjudicación se aportará una relación de elementos del edificio que se propone ejecutar con madera o productos de madera,la forma de acreditar su procedencia de explotaciones forestales sostenibles, así como el % de madera procedente de la gestión forestal sostenible en las maderas y productos de madera de los elementos relacionados.
El órgano proponente del contrato podrá determinar un mayor nivel de exigencia requiriendo además lo descrito a continuación.
Todas las maderas y productos de madera utilizados (incluidos estructura, fachada, particiones, mostradores de fibra de madera, contrachapados, DM y otros productos similares) deberán disponer de garantías de procedencia de explotaciones forestales sostenibles, acreditables mediante la certificación de gestión forestal sostenible, de acuerdo con los sistemas de certificación FSC o PEFC u otro sistema de certificación equivalente. El porcentaje mínimo de madera procedente de la gestión forestal en todas las maderas y productos de madera utilizados será del 70% ("FSC Mixto 70%" o "70% PEFC certificado" u otro sistema de certificación equivalente).
Verificación
En fase de adjudicación
El órgano al que corresponda realizar la evaluación de las ofertas, comprobará la justificación de la medida en la documentación aportada en la fase de adjudicación. En particular, se revisará la relación de elementos del edificio que se propone ejecutar con madera o productos de madera y la forma de acreditar su procedencia de explotaciones forestales sostenibles, constatando el % de madera procedente de la gestión forestal sostenible propuesto en las maderas y productos de madera de los elementos relacionados.
En fase de proyecto
En el momento de revisión del proyecto previamente a su aprobación, la unidad encargada del seguimiento de la ejecución del contrato comprobará que en el proyecto se prescribe la incorporación de madera de gestión sostenible y su acreditación, según lo establecido en la descripción de la medida y verificado en la fase de adjudicación.
Se comprobará la prescripción del porcentaje de madera procedente de la gestión forestal sostenible en los diferentes documentos del proyecto memoria, pliego de condiciones, mediciones y presupuesto) en los que consten las partidas correspondientes.
Además, la oficina de supervisión de proyectos, según sus funciones, verificará que se han tenido en cuenta las disposiciones generales de carácter legal o reglamentario así como la normativa técnica que resulten de aplicación en la parte del proyecto afectada por la medida medioambiental.
En el caso de que se produzcan modificaciones durante la ejecución de las obras, se comprobará que en el proyecto modificado se incluye la justificación del cumplimiento de la medida
En fase de ejecución de la obra
El responsable del contrato u organismo técnico de la administración en quien delegue y la dirección facultativa de las obras comprobarán que las partidas correspondientes se han ejecutado con el porcentaje de madera de gestión sostenible según las especificaciones establecidas en proyecto.
Se verificará que el uso de madera de gestión sostenible está recogido en los diferentes documentos del seguimiento, control y final de las obras. En particular, en aquellos casos en que estén disponibles, se comprobará en los impresos del Libro de Gestión de Calidad de Obra pertinentes relativos a:
- Control de recepción de productos (productos para revestimientos para fachadas, productos para pavimentos interiores y exteriores, carpinterías exteriores);
-
Control de ejecución (vigas y forjados, carpintería exterior, persianas y cierres, revestimientos de paramentos y techos, revestimientos de suelos).
En la documentación final de obra se comprobará la inclusión del certificado de cadena de custodia en vigor a nombre del suministrador, y la factura que vincula el número de cadena de custodia con el producto en cuestión. Asimismo se comprobará la inclusión de los albaranes de entrega de los productos de madera correspondientes, en los cuales se constatará la indicación del porcentaje de madera de gestión sostenible que incluyen dichos productos.
Debido a las posibles interacciones con otras medidas se recomienda revisar lo expuesto en las fichas correspondientes a las medidas relacionadas con la temática (ver apartado "Medidas relacionadas").
Información complementaria
Normas de referencia
- Reglamento (UE) nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo, y sus modificaciones y correcciones. Texto consolidado. Consultar
- Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y sus modificaciones y correcciones. Texto consolidado. Consultar
Información de interés
- Programa para el Reconocimiento de Certificación Forestal (Programme for the Endorsement of Forest Certification). Consultar
- Forest Stewardship Council (Consejo de Administración Forestal) FSC. Consultar
Asesoramiento
- Instituto Tecnológico Metalmecánico, Mueble, Madera, Embalaje y Afines (AIDIMME). Consultar
Medidas relacionadas
- C1-02 Control de la adquisición de madera de origen legal
- C1-08 Madera
- C1-10 Productos naturales, de proximidad y baja manufactura
- C1-11 Sistemas de bioconstrucción
- C1-12 Productos prefabricados
- C1-13 Construcción modular
- C1-17 Huella de carbono de productos
- C1-18 Energía embebida de los productos
- C1-19 Pasaporte de materiales del edificio
- C3-02 Certificaciones de sostenibilidad de los edificios
- C4-01 Acreditación de experiencia y/o formación