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Estructura de las fichas
Para cada una de las medidas de carácter medioambiental se ha diseñado una ficha en la que se expone la información de forma sistematizada conforme a los apartados que se establecen a continuación.
OBJETIVO
Se indican cuáles son los objetivos fundamentales que se busca conseguir con la medida y si esta se puede aplicar a edificios de nueva construcción y/o a edificios existentes. Para una mejor comprensión, en algunas medidas se incluyen definiciones sobre términos a los que se hace referencia en la descripción de la medida. Además, si existe regulación relacionada se menciona la principal referencia normativa, a partir de la cual se introduce una mayor exigencia en la descripción de la medida. Respecto a la adopción de la medida, se señala que el órgano proponente del contrato podrá requerir la medida siempre que esté vinculada al objeto del contrato y guarde proporción con el alcance y los objetivos de éste.
DESCRIPCIÓN
Se realiza la descripción general de la medida, la cual supera lo establecido en la normativa vigente bien por establecer un mayor estándar de calidad bien por ampliar el ámbito de aplicación. En el caso de seleccionar la medida, se podrá incluir en el pliego de cláusulas administrativas particulares o de prescripciones técnicas particulares del contrato según el carácter de esta. El texto deberá particularizarse para el caso concreto de la infraestructura objeto del contrato, según el tipo de contrato, la fase del procedimiento y el tipo de obra. Así, es de señalar que las cantidades o porcentajes indicados en muchas medidas tienen un carácter orientativo. Se podrán modificar al alza o a la baja en la medida que se incluya en el pliego de contratación, siempre y cuando queden dentro de los límites establecidos en la normativa vigente de aplicación.
JUSTIFICACIÓN DE LA MEDIDA
Se detalla cual es la documentación necesaria a entregar para justificar el cumplimiento de medida en la fase de adjudicación del contrato, en la fase de redacción del proyecto y, en algunas medidas, en la fase de ejecución de la obra.
TIPO DE CONTRATO
Se relaciona el tipo o tipos de contrato para los que se considera que la medida es adecuada. En la ficha únicamente se incluyen aquellos tipos de contratos para los que es posible la aplicación de la medida.
- Servicios
- Obras
- Concesión de obras
- Suministros
FASE DEL PROCEDIMIENTO
Se relacionan la fase o fases del procedimiento en las que la medida puede ser utilizada. En la ficha únicamente se incluyen aquellas fases del procedimiento en las que puede ser incorporada la medida. En función de las particularidades y del alcance del objeto del contrato, será necesario valorar en qué fase del procedimiento de las especificadas en la ficha, es más adecuada aplicar la medida.
- Prescripción técnica particular (Su aplicación se detalla en el apartado 4.3)
- Solvencia técnica (Su aplicación se detalla en el apartado 4.4)
- Adscripción de medios personales (Su aplicación se detalla en el apartado 4.4)
- Criterio de adjudicación (Su aplicación se detalla en el apartado 4.5)
- Condición especial de ejecución (Su aplicación se detalla en el apartado 4.6)
VERIFICACIÓN
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Se recogen posibles referencias, enlaces sobre normativa (a su versión consolidada), y en su caso, el organismo o entidad al que solicitar asesoramiento. Incluye además otro tipo de información que puede ser de interés para el órgano proponente del contrato o unidad encargada del seguimiento y ejecución de dicho contrato. También se incluyen referencias a otras fichas de la guía que abordan medidas medioambientales relacionadas: las medidas no son estancas en relación a la temática contemplada, por lo que hay interacciones entre ellas. En la tabla 2 se proporciona un cuadro resumen con las medidas relacionadas.