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C1—10

Productos naturales, de proximidad y baja manufactura


Tipo de contrato*

Servicios 

Obras 

Concesión de obras 

Suministros 


Fase del procedimiento**

Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares 

Criterios de adjudicación 

Condición especial de ejecución 


* La presente medida puede ser incorporada en los tipos de contrato especificados.

** En función de las particularidades y del alcance del objeto del contrato, será necesario valorar en qué fase del procedimiento de las expuestas es más adecuada aplicar la presente medida medioambiental.


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Objetivo

Fomentar el uso de productos de materiales naturales, de proximidad y con procesos de manipulación y manufacturación sencillos o casi inexistentes y cuyos procesos de extracción, producción, transporte, aplicación, uso y demolición sean eficientes, respetuosos con el medio ambiente, no generen residuos ni consumos excesivos de agua y energía en sus procesos de fabricación, fases de uso y demolición.  

Los materiales naturales tienen menos procesos químicos o de manufactura, menos aditivos perjudiciales y, por tanto, son más saludables. Asimismo, tienen menos energía incorporada y muchos de ellos hunden sus  raíces en la arquitectura vernácula. 

Los materiales de proximidad ahorran energía en las fases de transporte y manipulación, impulsan la economía local, generando empleo y fortaleciendo el tejido industrial, reducen los gases de efecto invernadero y el uso de combustibles derivados del petróleo y minimizan las cantidades de residuos asociados al embalaje. 

Como referencia se puede considerar que un producto es de km 0 cuando proviene de una zona situada a una distancia inferior a 100 km de la situación de la obra, y que es de proximidad cuando proviene de una zona situada a 300 km como máximo.  

En el contrato se podrá requerir lo desarrollado en la descripción de la presente medida, siempre que la medida esté vinculada al objeto del contrato y guarde proporción con el alcance y los objetivos de éste. 


Descripción

Se deberán utilizar productos de materiales naturales, de proximidad y bajo impacto ambiental. Estos productos deberán representar al menos el 7%1 del presupuesto de ejecución material (PEM)2. Algunos productos naturales de baja impacto ambiental son la paja, la madera, el corcho, la caña,  la arena, la tierra, la cal, etc. Se garantizará  la trazabilidad de todos los productos empleados que se incluyan en esta medida al menos de la cuna a la puerta ("cradle-to-gate"). 

En el Anexo IV Productos naturales y sistemas comunes en bioconstrucción de la presente guía se pueden consultar algunos de los productos naturales más utilizados en la bioconstrucción, las propiedades que se pueden parametrizar mediante el análisis del ciclo de vida (ACV), y su disponibilidad en la Comunidad Valenciana.

Justificación de la medida 

En la documentación a entregar en la fase de adjudicación se aportará una relación de elementos del edificio que se propone ejecutar con productos de materiales naturales, de proximidad y bajo impacto ambiental (mediante etiqueta ambiental, tipo I o tipo III), cuantificando la contribución proporcional de estos elementos respecto al valor total del PEM.  

Asimismo se especificará la forma de acreditar que el producto es adecuado para el uso o usos previstos, que será mediante la declaración de prestaciones (DdP) del marcado CE, y/o, en su caso, documentación de los suministros, distintivo de calidad, etiquetado ambiental, o informe de ensayos realizados por un laboratorio o una entidad de control3.


1. Porcentaje orientativo, pudiendo ser modificado por el órgano proponente del contrato. 

2. Los productos de materiales naturales, de proximidad y bajo impacto ambiental deben suponer una cantidad suficiente en los elementos del edificio. 

3. En el Anexo I se detalla el procedimiento a seguir para la recepción de productos. 


Verificación

En fase de adjudicación

El órgano al que corresponda realizar la evaluación de las ofertas, comprobará la justificación de la medida en la documentación aportada en la fase de adjudicación. En particular, se revisará la relación de elementos del edificio que se propone ejecutar con productos naturales, de proximidad y baja manufactura y la forma de acreditar la procedencia del producto y la valoración del impacto ambiental mediante el ACV. 


En fase de proyecto

En el momento de revisión del proyecto previamente a su aprobación, la unidad encargada del seguimiento de la ejecución del contrato comprobará que en el proyecto se incluye una relación justificada  de productos naturales, de proximidad y baja manufactura, así como la cuantificación de la contribución proporcional de estos productos respecto al valor total del PEM.  

Además, se comprobará que se incluye las características de los productos y los que deberán disponer de ecoetiqueta tipo I o III/DAP. 

Asimismo se comprobará que en el proyecto se especifican las prestaciones del producto y, en su caso, los distintivos de calidad, etiquetados ambientales que se consideren y/o ensayos a realizar.   

Se comprobará que los productos y sus características han sido recogidos en todos los documentos del proyecto que corresponda (memoria, pliego de condiciones, mediciones y presupuesto) y de forma coherente y coordinada entre ellos. 

Además, la oficina de supervisión de proyectos, según sus funciones, verificará que se han tenido en cuenta las disposiciones generales de carácter legal o reglamentario, así como la normativa técnica que resulten de aplicación en la parte del proyecto afectada por la medida medioambiental. 

En el caso de que se produzcan modificaciones durante la ejecución de las obras, se comprobará que en el proyecto modificado se incluye la justificación del cumplimiento de la medida. 


En fase de ejecución de la obra

El responsable del contrato u organismo técnico de la administración en quien delegue y la dirección facultativa de las obras comprobarán que se han incorporado los productos naturales, de proximidad y baja manufactura de las características especificadas en proyecto y, en su caso, que disponen de etiquetado ambiental. 

Se verificará que el uso de productos naturales, de proximidad y baja manufactura, está recogido en los diferentes documentos del seguimiento, control y final de las obras. En particular, en aquellos casos en que estén disponibles, se comprobará en los impresos del Libro de Gestión de Calidad de Obra. 

También se comprobará en el Libro de gestión de calidad de obra que los productos naturales, de proximidad y baja manufactura se han recepcionado según el siguiente procedimiento (desarrollado en el Anexo I): 

  • Si el producto está afectado por el RPC deberá llevar el marcado CE y la documentación con la DdP donde se pueda verificar el cumplimiento de las características técnicas mínimas exigidas por la reglamentación y el proyecto, y en su caso por la dirección facultativa. 

  • Si no está afectado por el RPC o en la DdP del marcado CE no consta la característica requerida, se dispondrá de documentación de los suministros, distintivos de calidad, etiquetado ambiental, o certificados de ensayos donde se pueda verificar el cumplimiento de las características técnicas mínimas exigidas. 

Además, se comprobará que los productos utilizados cuentan con documentación sobre su trazabilidad al menos de la cuna a la puerta ("cradle-to-gate") y declaración del proveedor con indicación de la procedencia del producto y albaranes de los proveedores de productos con etiquetado ambiental según lo establecido en las normas UNE-EN ISO 14024 o UNE-EN 15804 que garanticen el cumplimiento de las condiciones exigidas en la descripción de la medida. 

Debido a las posibles interacciones con otras medidas se recomienda revisar lo expuesto en las fichas correspondientes a las medidas relacionadas con la temática (ver apartado "Medidas relacionadas"). 


Información complementaria

Normas de referencia
  • Reglamento (UE) nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo, y sus modificaciones y correcciones. Texto consolidado. Consultar
  • UNE-EN ISO 14025:2010 Etiquetas y declaraciones ambientales. Declaraciones ambientales tipo III. Principios y procedimientos.
  • UNE-EN 15804:2012+A1:2014 Sostenibilidad en la construcción. Declaraciones ambientales de producto. Reglas de categoría de producto básicas para productos de construcción
  • UNE-EN 15804:2012+A2:2020 Sostenibilidad en la construcción. Declaraciones ambientales de producto. Reglas de categoría de producto básicas para productos de construcción.
  • UNE 41410:2008 Bloques de tierra comprimida para muros y tabiques. Definiciones, especificaciones y métodos de ensayo.

Información de interés
  • AIDIMME, Instituto Tecnológico Metalmecánico, Mueble, Madera, Embalaje y Afines. Consultar
  • ANEFA, Asociación Nacional de Empresarios Fabricantes de Áridos. Consultar
  • ANEFHOP, Asociación Nacional Española de Fabricantes de Hormigón Preparado. Consultar
  • ANFAPA, Asociación de fabricantes de Morteros y SATE. Consultar
  • Asociación Mármol de Alicante. Consultar
  • ATEDY, Asociación técnica y empresarial del yeso. Consultar
  • HISPALYT, Asociación Española de Fabricantes de Ladrillos y Tejas de Arcilla Cocida. Consultar