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C3—02

Certificaciones de sostenibilidad de los edificios


Tipo de contrato*

Servicios


Fase del procedimiento**

Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares 

Criterios de adjudicación 


* La presente medida puede ser incorporada en los tipos de contrato especificados.

** En función de las particularidades y del alcance del objeto del contrato, será necesario valorar en qué fase del procedimiento de las expuestas es más adecuada aplicar la presente medida medioambiental.


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Objetivo

Asegurar que los edificios de nueva construcción y los edificios existentes incorporan medidas relacionadas con la sostenibilidad que reducen el impacto medioambiental, mediante la obtención de un certificado de un sello existente. 

La sostenibilidad de los edificios se regula en el Código Técnico de la Edificación (CTE). Se podrá adoptar un mayor nivel de exigencia aplicando además lo desarrollado en la descripción de la medida de la presente Ficha. 


Descripción

Se certificará el grado de sostenibilidad del edificio mediante alguno de los sellos existentes: LEED, BREEAM, VERDE, BES-Oficina o cualquier otro similar de evaluación del impacto medioambiental que contemple la eficiencia en el consumo de energía y de recursos naturales, como el agua y los materiales, y la correcta gestión de residuos.

 

Justificación de la medida

En la documentación a entregar se especificará el grado o nivel de sostenibilidad del edificio, se particularizarán las medidas a implementar para alcanzarlo, y se aportará el coste de la certificación, incluyendo la tarifa de certificación y, en su caso, los honorarios del asesor acreditado por la entidad de certificación.


Verificación

En fase de adjudicación

El órgano al que corresponda realizar la evaluación de las ofertas comprobará que en la documentación entregada en la fase de adjudicación se especifica el compromiso de adoptar un sello medioambiental para el edificio, el grado o nivel de sostenibilidad y la relación de las medidas previstas para alcanzarlo. Se deberá incluir el coste de la certificación, incluyendo la tarifa de certificación y, en su caso, los honorarios del asesor acreditado por la entidad de certificación.


En fase de proyecto

En el momento de revisión del proyecto previamente a su aprobación, la unidad encargada del seguimiento de la ejecución del contrato y la oficina de supervisión de proyectos comprobarán que se incorporan las medidas según lo establecido en la descripción de la medida y verificado en la fase de adjudicación, quedando las soluciones definidas en el proyecto con el detalle suficiente para su ejecución. Asimismo se comprobará que se ha iniciado el proceso de obtención del sello verificando el registro del proyecto ante el organismo certificador, o en su caso, la contratación de un asesor acreditado por la entidad de certificación.

Se comprobará que la definición de las soluciones e instalaciones se recoge en los diferentes documentos del proyecto (memoria, planos, pliego de condiciones, mediciones y presupuesto).

Además, la oficina de supervisión de proyectos, según sus funciones, verificará que se han tenido en cuenta las disposiciones generales de carácter legal o reglamentario, así como la normativa técnica que resulten de aplicación en la parte del proyecto afectada por la medida medioambiental.

En el caso de que se produzcan modificaciones durante la ejecución de las obras, se comprobará que en el proyecto modificado se incluye la justificación del cumplimiento de la medida.


En fase de ejecución de la obra

El responsable del contrato u organismo técnico de la administración en quien delegue y la dirección facultativa de las obras comprobarán que las soluciones se han ejecutado según las especificaciones establecidas en proyecto. También se verificará la continuación del proceso de solicitud del sello, comprobando la solicitud del sello al organismo certificador o, en su caso, la obtención de una pre-evaluación. Además, se verificará la aportación del sello definitivo cuando este se reciba.

Asimismo, se comprobará que las soluciones ejecutadas se recogen en los diferentes documentos del seguimiento, control y final de las obras. En particular, se comprobará en los apartados correspondientes a las familias de productos, unidades de obra e instalaciones que consten en el Libro de Gestión de Calidad de Obra pertinentes  relativos a:

  • Control de recepción de productos.

  • Control de ejecución.

  • Pruebas de servicio.

También se comprobará en el Libro de Gestión de Calidad de Obra que los productos utilizados se han recepcionado según el procedimiento desarrollado en el Anexo I.

Debido a las posibles interacciones con otras medidas se recomienda revisar lo expuesto en las fichas correspondientes a las medidas relacionadas con la temática (ver apartado «Medidas relacionadas»).


Información complementaria

Normas de referencia
  • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación y sus modificaciones y correcciones. Texto consolidado Consultar
  • Orden PCI/86/2019, de 31 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2018, por el que se aprueba el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025), y sus modificaciones y correcciones. Texto consolidado Consultar

Información de interés
  • United Nations Environment Programme (2018): Guidance Document on Procuring Sustainable Buildings and Construction. Paris: UN Environment. Consultar
  • Certificación BREEAM. Consultar
  • Certificación LEED. Consultar
  • Certificación VERDE. Consultar
  • Certificación BES-Oficina. Consultar
  • Certificación Edificio Sostenible de AENOR Consultar